22 abr 2019

INAUGURACIÓN DE LA ESTATUA AL REY ALFONSO IX DE LEÓN
Mañana martes día 23 de abril, tendrá lugar la inauguración de la Estatua del Rey Alfonso IX en la Plaza de Santo Martino.

Se trata de un acto organizado por una Iniciativa Ciudadana encabezada por la Federación de Asociaciones de Vecinos de León "Rey Ordoño", con la participación de La Muy Ilustre, Real e Imperial Cofradía del Pendón de San Isidoro, La Cofradía del Santo Cristo del Desenclavo, Promonumenta y La Asociación Cultural Pendones del Reino de León.

Los actos comenzarán a las 10:30 con una misa en San Isidoro, seguida, si el tiempo no lo impide, del desfile oficial, encabezado por el Pendón Real y la Cruz Mozárabe, la Coral del Císter de Sandoval, los donantes y diferentes invitados, cerrando el mismo la Imperial Cofradía del Pendón de Baeza.

A las 11:00, el conductor del acto, Nacho Ares, será el encargado de dar la bienvenida a los invitados y público en general, en nombre de los organizadores, y dirigir el Acto con el desvele de la estatua y la breve intervención explicativa de varios expertos.
 Un retablo de bronce en la base representa la Curia del 1188 con los personajes presentes. La UNESCO declaró los decreta surgidos, como el documento más antiguo del sistema parlamentario Europeo.

El acto concluirá con el Himno a León interpretado por el Orfeón Leones.

Los organizadores y donantes tienen la satisfacción en señalar que, en la realización de la estatua en bronce, que pesa 800 kg, han colaborado fundamentalmente el promotor junto con un grupo de Asociaciones y 100 donantes individuales, sin la presencia de marcas comerciales ni institucionales. El Ayuntamiento de León, aceptó la donación con fecha de 18 de septiembre del 2018, ha colaborado con el pedestal de piedra.

https://raigame.blogspot.com/2019/03/comienzan-las-obras-para-erigir-la.html

https://raigame.blogspot.com/2018/08/agosto-y-15-nacimiento-de-alfonso-viii.html


Imagen publicada por: ileon.com  | 22/04/2019 - 11:50h.
https://www.ileon.com/actualidad/096797/la-estatua-del-rey-leones-alfonso-ix-ya-espera-su-inauguracion?fbclid=IwAR3eHqyhTnfJIU4Dz0Nq4nQQwFbGKJ8IPU9HApWqzCPbb6cn0SRaT4K__jU

21 abr 2019

Homenaje a los Héroes Leoneses

Convocatoria Homenaje a los Héroes Leoneses: 24 de abril de 2019.

Como todos los años, al llegar el mes de abril, desde ComunidadLeonesa.ES (Coordinadora de Organizaciones, Asociaciones y Colectivos) invitamos a todos los leoneses a acompañarnos en la celebración del tradicional Homenaje a los Héroes Leoneses que tendrá lugar el próximo 24 de abril, miércoles laborable, y se iniciará a las 19,30 horas con una Concentración en Botines para, hacia las 19,45 horas, iniciar el recorrido habitual a través de la calle Ancha, Plaza de Regla y C/Mariano Dominguez Berrueta hasta la Plaza Mayor.


La música tradicional, como es habitual, correrá a cargo de nuestros amigos del Grupo de Música Tradicional Leonesa Aires del Bernesga y es áltamente recomendable que se acuda con banderas leonesas.


Al llegar a la Plaza Mayor, y desde el balcón del Consistorio Viejo, se realizará la lectura del Manifiesto que este año correrá a cargo de Luis Domingo Martínez Álvarez del diario digital Enredando.info.

Tras la lectura del Manifiesto se colocará la tradicional corona de laurel, en recuerdo de los Héroes del 24 de abril («A los leoneses que en 1808 se levantaron por la libertad y la independencia de su país», tal y como reza la placa colocada en la fachada del Consistorio con ocasión del II Centenario de los hechos) y de los Héroes Leoneses de todos los tiempos, conocidos y anónimos que, a través de la historia, lucharon y siguen luchando para defender nuestra tierra y el futuro de nuestras gentes y finalizará el acto con la interpretación del Himno a León.


Para mas información:
⇓⇓⇓⇓⇓⇓⇓⇓⇓
http://comunidadleonesaes.blogspot.com/2019/04/convocatoria-homenaje-los-heroes.html

Otros años:

2007
http://raigame.blogspot.com.es/2007/04/blog-post_7677.html

http://raigame.blogspot.com.es/2007/04/el-da-25-la-corona-fue-depositada-en-el.html

2008
http://raigame.blogspot.com.es/2008/04/blog-post_2.html

http://raigame.blogspot.com.es/2008/04/blog-post_6693.html

2009
http://raigame.blogspot.com.es/2009/04/24-de-abril-homenaje-los-heroes.html

2011
http://raigame.blogspot.com.es/2011/04/24-de-abril-ayer-24-de-abril-todos-los.html

2012
http://raigame.blogspot.com.es/2012/04/24-de-abril-1808-2012-jueves-abril-19.html

http://raigame.blogspot.com.es/2012/04/24-abril-2012-homenaje-los-heroes.html

2013
http://raigame.blogspot.com.es/2013/04/heroes-leoneses-25-de-abril.html

2014
http://raigame.blogspot.com.es/2014/04/homenaje-los-heroes-leoneses-2014.html

2015
http://raigame.blogspot.com.es/2015/04/convocatoria-homenaje-los-heroes.html

http://raigame.blogspot.com.es/2015/04/el-dios-de-la-lluvia-llora-los-heroes.html

2016
http://raigame.blogspot.com.es/2016/04/comunicado-de-comunidadleonesaes.html

2017

http://raigame.blogspot.com.es/2017/04/24a-homenaje-los-heroes-leoneses.html




23 Abril Fiesta De Resistencia

 El próximo día 23 de Abril, coincidiendo con la festividad de la Comunidad Autónoma que nos han impuesto a los leoneses los partidos centralistas, la izquierda leonesa, a través de sus colectivos RUCHAR y AGORA, proponen una Jornada de Resistencia Civil, con diversos actos lúdicos y culturales, que se celebraran en "Ret- Marut", situado en la calle Héroes Leoneses.
"Un añu más la esquierda llionesa vuelve celebrar el sou Día de Resistencia. Reivindicamos la nuesa esistencia como puebru y que nun tamos dispuestos a dexanos morrer nel intre de la hestoria. Ven y participa nesti día escontra toda imposición"
AGORA

https://www.facebook.com/events/2213995615314005/?notif_t=plan_user_invited&notif_id=1555840509330094
Mañana hace 12 años, que más de 10.000 leoneses y leonesas, salieron a la calle para pedir -Otra vez más- un Estatuto de Autonomía para la Región Leonesa.

Convoca: Ciudadanos del Reino de León





13 abr 2019

Lectura de los "DECRETA" del Reino de León, 831 años despues.

Lectura de los "DECRETA" del Reino de León ante las puertas del Panteón Real.
 En el mismo lugar donde fueron promulgados, hace exactamente este mes, 831 años.

El corpus documental de los “Decreta” de León de 1188 contiene la referencia al sistema parlamentario europeo más antigua que se conozca hasta el presente. 
Estos documentos, cuyo origen se remonta al año 1188 fueron redactados en el marco de la celebración de una curia regia, en el reinado de Alfonso IX de León (1188-1230).
 Reflejan un modelo de gobierno y de administración original en el marco de las instituciones europeas medievales, en las que la plebe participa por primera vez, tomando decisiones del más alto nivel, junto con el rey, la iglesia y la nobleza, a través de representantes elegidos de pueblos y ciudades.
Acudiendo a esta curia de 1188, "homines libres" representantes de las ciudades de Toro, Ledesma, Benavente, Oviedo, Ciudad Rodrigo, Zamora, Astorga, Salamanca y León














Este año los pendones del REINO tampoco faltaron a la cita, la diferencia fue que este, es el primer acto en que los Pendones del Reino de León, acuden como Bien de Interés Cultural. (BIC) 

¡¡ Enhorabuena pendoneros !!


11 abr 2019

Exposición Reyes y Reinas del Reino de León


Fruto de la colaboración entre "La Parva" Plataforma de Tradiciones y Cultura Llïonesa y ComunidadLeonesa.ES con la recientemente creada Asociación Cultural "El Convento" de Otero de las Dueñas, el próximo día 14 de abril, Domingo de Ramos, a las 18,00 horas se inagurara, en el Salón Cultural de las Escuelas de dicha localidad, la exposición:

 Reyes y Reinas del Reino de León
Podrá visitarse en las siguientes fechas y horarios:

Días              Horario
14                   De 18,00 a 20,30
16-17              De 18,00 a 19,30
18-19             De 11,30 a 13,30
20                  De 17,30 a 20,00
21                   De 11,30 a 13,30 y de 18,00 a 19,00

Además el 20 de abril, Sábado Santo, a partir de las 17,00 horas, y en el mismo local, tendrá lugar la presentación de la Asociación Cultural "El Convento" y a continuación, sobre las 18,00 horas, se impartirá una Conferencia sobre los Reyes y Reinas Leoneses a cargo de Alicia Valmaseda Merino.
Como llegar desde León- Ciudad

Priaranza del Bierzo."Municipio del Mes"

La pagina de turismo "Reino de León" destaca a Priaranza del Bierzo como "Municipio del Mes" en su sitio Web.

"Priaranza del Bierzo se ubica en el noroeste de la Región Leonesa, dentro de la comarca del Bierzo, estando compuesto su municipio por las localidades de Priaranza del Bierzo, Villalibre de la Jurisdicción, Santalla del Bierzo, Paradela de Muces, Villavieja y Ferradillo."

Leer más: https://www.turismoreinodeleon.com/municipio-del-mes/"

En su pagina nos cuenta cosas sobre su Historia. - Desde sus orígenes ástures en el "Castro Peña del Hombre", hasta la Edad Contemporanea- O de sus Monumentos y lugares de interés. -Como el "Castillo de Cornatel", los canales romanos, la herrería y el molino de Villa Vieja,. Sus fiestas.......etc.
Todo esto, acompañado de unas ilustrativas fotografías.

10 abr 2019

Lectura de los "DECRETA" en la "Cuna del Parlamentarismo"



Los pendones del "REINO DE LEÓN" acudirán al acto.
Una veintena de pendones, llegados de distintos puntos del territorio leonés se irán congregando ante la puerta de San Isidoro, a partir de las 12.00 horas, para arropar con su presencia la lectura de este trascendental texto histórico. "La presencia de los pendones leoneses tiene una simbología clara; representa el compromiso de los pueblos", afirma Luis Bandera, presidente de la Asociación Pendones del Reino de León.

"Como en años anteriores, la lectura será efectuada por personas de distintos lugares y profesiones encabezados por los escritores Juan Pedro Aparicio y José María Merino."


33 Fotos del año pasado:

Los “Decreta” de León de 1188 – El testimonio documental más antiguo del sistema parlamentario europeo

Patrimonio documental propuesto por España y recomendado para su inclusión en el Registro de la Memoria del Mundo en 2013.
El corpus documental de Los “Decreta” (o Decretos) de León de 1188 contiene la referencia al sistema parlamentario europeo más antigua que se conozca hasta el presente. Estos documentos, cuyo origen se remonta a la España medieval, fueron redactados en el marco de la celebración de una curia regia, en el reinado de Alfonso IX de León (1188-1230). Reflejan un modelo de gobierno y de administración original en el marco de las instituciones españolas medievales, en las que la plebe participa por primera vez, tomando decisiones del más alto nivel, junto con el rey, la iglesia y la nobleza, a través de representantes elegidos de pueblos y ciudades.

Texto integro de los "DECRETA"

PRIMERO.- En el nombre de Dios, yo don Alfonso, rey de León y de Galicia, habiendo celebrado curia en León, con el arzobispo y los obispos y los magnates de mi reino, y con los ciudadanos elegidos de cada una de las ciudades, establecí y confirmé bajo juramento que respetaría las buenas costumbres que tienen todos los de mi reino, tanto clérigos como seglares, implantadas por mis antecesores.  

SEGUNDO.- Dispuse y juré que si alguien hiciera o presentara ante mí acusación o denuncia de alguno, sin tardanza daré a conocer al acusado lo que manifiesta el acusador; y si este no pudiere probar la acusación o denuncia que hizo, sufrirá la pena que debiera sufrir el acusado, siempre que la falsedad de tal acusación se hubiese puesto de manifiesto. 

TERCERO.- Juré también que, por la acusación que se me haga de alguien o por lo malo que se diga de él, nunca le causaré daño en su persona o bienes, hasta citarlo por documento formal para que responda ante la justicia en la forma que mi curia disponga; y si la acusación no se probare, el que la hizo sufrirá  la pena correspondiente y pagará, además, los gastos de viaje que por ello haya tenido que hacer el acusado. 

CUARTO.- Prometí asimismo que no haré guerra,  ni paz,  ni pacto,  a no ser con el consejo de los obispos, nobles y hombres buenos, por cuyo consejo debo regirme. 

QUINTO.- Dispuse también que nadie de mi reino destruirá la casa ajena, ni ocupará y vendimiará las viñas  ni talará los árboles de otro, y quien  reciba tal agravio de alguien, que presente la queja ante mí,  o ante el correspondiente señor de la tierra,  o ante  las autoridades judiciales nombradas por mí o por el obispo o por el señor de la tierra. 
 Y si el que es objeto de querella  quisiera presentar fiador o dar prendas en garantía de que actuará según el derecho conforme a su fuero, no sufrirá daño alguno; mas  si no quisiere hacerlo, el señor de la tierra y la autoridad judicial  le obligarán, como es justo; y si el señor de la tierra o la autoridad judicial no quisieren hacerlo, presénteseme denuncia con el testimonio del obispo y de los hombres buenos, y yo haré justicia. 

SEXTO.- Prohíbo también firmemente  que en mi reino se lleven a cabo reuniones tumultuarias y violentas para pedir, porque la justicia ante mí debe demandarse conforme se ha expuesto  más arriba. Y quien llevare a cabo reuniones de tal carácter, será castigado con el pago del doble del daño que  haya causado, y perderá  mi benevolencia y  beneficio, así como las  tierras,  si de mi parte poseyera alguna. 

SÉPTIMO.-  Dispuse también que nadie debe atreverse a ocupar violentamente lo que estuviere en posesión de otro,  ya sea mueble o inmueble. Y si esto hiciere, restituirá  el doble al que sufrió tal violencia. 

OCTAVO.- Dispuse también que nadie podrá tomar en prenda  libremente algo como garantía  de una deuda o como restitución de un  daño recibido,   a no ser por medio de las autoridades judiciales o los alcaldes por mi nombrados; y ellos y los señores de la tierra deben hacer cumplir fielmente este derecho en las ciudades y en los alfoces a quienes lo soliciten. Y si alguien tomara algo en prenda de tal forma, debe ser castigado como violento invasor.  
*** Será  castigado del mismo modo quien tomare en prenda, sin intervención de las autoridades judiciales  y de los alcaldes,  vacas o bueyes destinados a la labranza, o lo que el labrador tuviese consigo en el campo, o a la propia  persona del labrador.  Y si alguien se apoderase de las cosas como queda dicho, será castigado y además excomulgado.  
*** Y quien, para evitar dicha pena,  negare haber actuado con violencia, deberá presentar fiador de acuerdo con el fuero y las antiguas costumbres de su tierra; se indagará  de inmediato si cometió violencia o no, y según los resultados de la investigación,  quedará obligado a satisfacer, si procede, con la fianza dada.  
*** Los investigadores deben serlo por consentimiento acordado del acusador y de su acusado, mas si estos no llegasen a un acuerdo,  serán nombrados por los señores de la tierra. Y si pusieran para hacer la pesquisa,  por consentimiento de los hombres citados,  a las autoridades judiciales  y a los alcaldes o a los señores de la tierra, los tales deben tener sellos reales, por medio de los cuales citarán  a los hombres para que acudan a responder a las demandas de sus querellantes, y por medio de tales sellos me darán  testimonio a mí de si las quejas de los hombres son verdaderas o no. 

NOVENO.- Decreté también que, si alguna de las autoridades judiciales  denegase justicia al querellante o la demorase maliciosamente y no le reconociera su derecho dentro del tercer día, el demandante presentará testigos ante tales autoridades,  por cuyo testimonio conste la verdad del hecho y se obligue  a tales autoridades a pagar al querellante el doble, tanto de su demanda cuanto de las costas.  
*** Y si todas las autoridades judiciales  de aquella tierra negaren la justicia al demandante, este tomará testigos entre hombres buenos,  por los cuales se demuestre y se den prendas sin responsabilidad en lugar de las autoridades judiciales  y  de los alcaldes, tanto por la demanda cuanto por las costas, para que tales autoridades judiciales y alcaldes le satisfagan el doble, y paguen también doblado  el daño que pudiera haber resultado. 

DÉCIMO.- Añadí que nadie  impugnará a las autoridades judiciales  ni les arrebatará las prendas garantía de deuda o  restitución de daño,  cuando no quisiere cumplir con la justicia; y si tal cosa hiciere, estará obligado a devolver el doble del daño, de la demanda y de las costas, y además pagará a las autoridades judiciales  60 sueldos.  
***  Y si alguna de tales autoridades requiriera a sus subordinados para hacer justicia y estos se negasen a ayudarlo, serán castigados con la pena antedicha y además pagarán  al señor de la tierra y a las autoridades judiciales  100  maravedíes; y si el reo o deudor no quisiera disponer de medios para pagar al demandante, las autoridades judiciales  y los alcaldes se incautarán sin responsabilidad de su persona y de cuantos bienes tuviera, y lo entregarán con todos sus bienes al demandante; y si les fuese necesario, lo custodiarán bajo su protección, y si alguno lo arrebatase por la fuerza, será  castigado como invasor violento.  
*** Y si alguna de las autoridades judiciales sufriera daño por ejercer la justicia, en el caso de que el causante no tuviera con qué pagarle, todos los hombres de aquella tierra le reintegrarán  lo preciso  por el daño causado; y si sucediese que por añadidura alguien matase a la autoridad judicial, será tenido por traidor y alevoso. 

DECIMOPRIMERO.- Dispuse también que, si alguno fuese citado por el sello de las autoridades judiciales  y se negare a presentarse ante ellas para su  dictamen, probado que fuera esto por hombres buenos, será multado con 60 sueldos. Y si alguno fuera acusado de robo o de otro hecho ilícito y el acusador lo citase ante hombres buenos a fin de que se presente a responder ante la justicia, y se negase a venir en un plazo de nueve días, una vez se pruebe que ha sido citado, será  considerado malhechor. 
*** Y si fuera noble, perderá  el rango de los 500 sueldos,  y el que lo prendiere hará justicia de él sin responsabilidad alguna; mas  en el caso de que el noble se enmendase y satisficiera a todos los demandados, recuperará su nobleza y volverá  a poseer el rango de los 500 sueldos que tenía. 

DECIMOSEGUNDO.-  Juré también que nadie, ni siquiera  mi autoridad,  podrá entrar por la fuerza en casa de otro ni hacerle daño en ella o en sus bienes; y si así ocurriese,  se pagará  al dueño de la casa el doble del  valor de lo dañado,  y además al señor de la tierra nueve veces el daño causado, si no se prometiera cumplir aquella satisfacción. 
*** Y si acaso el dueño, o a la dueña,  o alguien de los que les ayudaren a defender su casa matase a alguno de los agresores, no serán  castigados como homicidas ni estarán obligados a responder del daño causado. 

DECIMOTERCERO.- Y establecí que si alguno quisiere ajustar un agravio  directamente con alguna persona y el agraviado no lo aceptase, no podrá hacerle daño alguno,  y si lo hiciera, pagará  el doble, y si además lo matare, será declarado alevoso. 

DECIMOCUARTO.-  Dispuse también que si alguien se moviese de una ciudad a otra,  o de una villa a otra,  o de una tierra a otra,  y alguno con sello real viniere de las autoridades judiciales de una parte a las de la otra para que lo detengan, no deben dudar en detenerlo  y hacer con él justicia sin dilación. Y si tales autoridades judiciales no hicieren tal cosa, deberán ser castigadas con  la pena que debiera merecer el malhechor. 

DECIMOQUINTO.- Prohibo además que nadie que posea bienes por los que me paga foro,  los entregue a ningún establecimiento eclesiástico. 

DECIMOSEXTO.- Ordené también que nadie acuda a juicio, tanto  a mi curia como a la jurisdicción de León,  a no ser por las causas que determinen  sus propios fueros. 

DECIMOSÉPTIMO.-  Todos los obispos, los caballeros y los ciudadanos,  confirmaron con juramento ser fieles en mi consejo, a fin de mantener la justicia y conservar la paz en mi reino. 


Versión de José M.ª FERNÁNDEZ CATÓN (La curia regia de León de 1188 y sus “Decreta” y constitución. León: Centro de Estudios e Investigación “San Isidoro” – Archivo Histórico Diocesano, 1993; pp. 93-117) 

6 abr 2019

LA MANIPULACIÓN DE LA HISTORIA LEONESA: CONFERENCIA.

Mañana lunes, 8 de abril, a las 17,30 horas, en el Real Aéreo Club de León, C/Santa Nonia, 8 de la ciudad de León, y organizada por la Asociación de Amigas de la Radio, se impartira una Conferencia titulada: "La manipulación de la Historia Leonesa (Falsedades que vienen de lejos)".
La entrada es libre hasta completar el aforo.
Conferenciante: Alicia Valmaseda.



Un buen ejemplo de la continua manipulación de la historia de León, que vienen realizando los medios de comunicación "generalistas" e incluso las instituciones nacionales, es esta captura de la pagina Web del Consejo de Estado. (Del Estado Español)

Su posterior rectificación ante las quejas de los leoneses por otorgar la "Cuna del Parlamentarismo" a el Reino de Castilla, demuestra claramente que no se trata de ignorancia o de un error.

 Simplemente quieren hacer creer que la historia de León es del Reino de Castilla, confundir hechos históricos leoneses como si fueran castellanos, y si ello no es posible. ....Simplemente no mencionarlo.
La definición del académico J.P. Aparicio de esta gente, como "nacionalistas castispañoles", es muy buena.

RECTIFICACIÓN

28 mar 2019

PAÍS LEONÉS, PAÍS DE EMIGRANTES.

31 DE MARZO. MADRID.
 "LA ESPAÑA VACIADA"

Este domingo 31 de marzo estarán Madrid junto con otras más de 100 asociaciones del territorio español, las organizaciones leonesistas CIUDADANOS DEL REINO DE LEÓN y NOS TERRA MAIRE reclamando medidas inmediatas para el gravísimo e inasumible problema de la despoblación y el enorme desequilibrio económico entre las dos Españas: La rica y la empobrecida.

 Más de 150.000 leoneses menos en los 35 años de engendro autonómico birregional. 
¡¡VERGONZOSO!!

VIDEO


31 DE MARZO A LAS 12:00 horas.
En la Plaza de Colón de la ciudad de MADRID.



23 mar 2019

MEMORIA 2018

El día 14 de marzo Promonumenta celebró Asambleas Generales Ordinaria y extraordinaria en su sede social del antiguo CHF.

 En la primera de ellas, se dio cuenta de las actividades realizadas durante el año 2018 y muy pocas asociaciones culturales pueden presentar una memoria tan extensa e intensa en favor del patrimonio cultural de León.

-El pasado año realizaron 10 "facenderas".
 Trabajos gratuitos para limpiar y/o desbrozar monumentos históricos abandonados a su suerte por las administraciones culturales.
Denunciando con estas facenderas, no solo el estado de abandono de este patrimonio leonés, sino también, la negligencia de la administración responsable.

Estas facenderas basadas en la tradición concejil leonesa, llevan realizándose por parte de Pro-Monumenta desde que se fundo, hace ya más de 20 años, y las han popularizado tanto, que incluso de Portugal han recibido invitaciones para que actúen en estas tierras hermanas.


 Además realizaron en el ejercicio anterior:

 -6 viajes culturales
-4 conferencias
-2 paseos culturales
-4 visitas culturales

- La Edición del nº XIV de su revista y dos presentaciones de ella.

Resultado de imagen de castillo de Sarracin Raigañu

Resultado de imagen de presentacion de la revista promonumenta raigañu

22 mar 2019

LLIÓN ANTE´L FUTURU


Hoy viernes 22 de Marzo de 2019 a las 19:30 h. en el PALACIO DEL CONDE LUNA de la ciudad de León.

 Carlos Javier Salgado Fuentes, Doctor en Ciencia Política por la Universidad de Salamanca, - Y dentro del ciclo cultural "Calechos d'Iviernu 2019", organizado por la asociación cultural Faceira y el Ayuntamiento de León.- Impartirá una conferencia titulada: "LLIÓN ANTE´L FUTURU: ¿PAÍS LLIONÉS OU CASTIELLA Y LLIÓN?"

La conferencia girará en torno a la deriva socioeconómica que han llevado tanto León como el conjunto de la Región Leonesa dentro de la actual autonomía, si bien se abordarán otro tipo de cuestiones como el arraigo a la actual comunidad, una introducción histórica, etc.